CRÉANSE LOS PROGRAMAS DE INSERCIÓN LABORAL DE JÓVENES (PYMES TUTORAS) Y DE AUTOEMPLEO. APRUÉBASE MANUAL INSTRUCTIVO
DECRETO Nº 674/01
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1º - Créanse los Programas de Inserción Laboral de Jóvenes (Pymes
Tutoras) y de Autoempleo.
Artíuclo 2º - Apruébase el Manual Instructivo de los Programas Inserción
Laboral de Jóvenes (PYMES TUTORAS) y de Autoempleo, que como Anexos I y II
respectivamente se adjuntan y forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3º - Facúltase al señor Secretario de Desarrollo Económico a
dictar las normas complementarias requeridas a los fines desarrollar los
Programas creados en el Art. 1º del presente decreto.
Artículo 4º - La ayuda económica no remunerativa será instrumentada mediante
acto administrativo formal, a través de una rendición de fondos con cargo de
rendir cuenta documentada a favor de la Dirección General de Empleo y
Capacitación por intermedio de la Secretaria de Hacienda y Finanzas, y remitida
junto con la actuación a la Dirección General de Contaduría la que en virtud
de las responsabilidades asignadas por Decreto Nº 50-GCBA-1998, las incluirá
en una Orden de Pago. El pago a los beneficiarios se efectuará con la
intermediación de la Dirección General de Tesorería que lo instrumen-tará a
través del Banco Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 5° - La erogación que demande la implementación de estos dos
Programas se imputara a la Partida 65 2197 Ayudas Sociales a Personas.
Artículo 6º - El presente Decreto será refrendado, por los señores
Secretarios de Desarrollo Económico y de Hacienda y Finanzas.
Artículo 7º - De forma.
ANEXO I
Manual Operativo Pymes Tutoras
El presente manual tiene como fin reglamentar el Programa de Empleo Transitorio
PYMES TUTORAS. El mismo tiene por objetivo brindar empleo temporario en empresas
privadas a jóvenes de entre 16 a 26 años, residentes
en la Ciudad de Buenos Aires, preferentemente provenientes de hogares con NBI,
sostén o jefes de familia con hijos menores y/o discapacitados a cargo, o
quienes por sus características socioculturales y/o escasa capacitación
laboral, tengan dificultades para integrarse al mercado laboral y jóvenes que
intenten acceder a su primer trabajo.
El presente manual se acompaña de la Solicitud de Adhesión de las PyME al
Programa.
La UNIDAD EJECUTORA DE PROGRAMAS (U. E. P.), dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL DE EMPLEO Y CAPACITACIÓN (D.G.E. y CAP.), asumirá la coordinación
general del Programa y será la responsable de promover, autorizar,
instrumentar, desarrollar, monitorear y evaluar el mismo. Será también su
atribución brindar capacitación y asistencia técnica a los Organismos
Ejecutores y a las Oficinas de Intermediación Laboral que así lo requieran con
el fin de garantizar en tiempo y forma el circuito de recepción y control de la
documentación, evaluación y verificación de requisitos de acreditación.
La Unidad Ejecutora de Programas Locales y Nacionales será las unidad
organizativa responsable de la operación del programa a nivel local, asumiendo
el control de la gestión en cada jurisdicción, así como tareas de promoción,
difusión y asistencia técnica.
PYMES QUE ADHIERAN AL PROGRAMA
Podrá adherir al Programa de Inserción Laboral para Jóvenes PYMES TUTORAS
cualquier cooperativa, micro o pequeña y mediana empresa de carácter privado,
con personal a cargo o sin él, de cualquier rama o sector de actividad, siempre
y cuando dicha empresa esté regularmente constituida.
BENEFICIARIOS
Podrán participar jóvenes de entre 16 y 26 años de edad residentes en la
Ciudad de Buenos Aires y preferentemente provenientes de hogares con NBI, sostén
o jefes/as de hogar, con hijos menores y/o discapacitados a cargo, o quienes por
sus características socio-culturales y/o escasa capacitación
laboral, tengan dificultades para integrarse al mercado de trabajo. En ningún
caso podrán percibir beneficio alguno, ni remuneración de programas
nacionales, provinciales o municipales.
El/la beneficiario/a dado de Alta en el Programa, no podrá ser al mismo tiempo
beneficiario/a activo/a del Seguro por Desempleo o de otro Programa de Empleo o
Capacitación del que reciba ayuda económica por ese concepto.
Las empresas podrán incrementar la carga horaria de los beneficiarios del
programa hasta un máximo de 8 horas, debiendo completar el salario de la
persona incorporándolo a su planta de trabajadores, y debiendo registrar sus
aportes al SIJyP.
AYUDA ECÓNOMICA
La ayuda económica no remunerativa a percibir por el/la trabajador/a se brindará
por 6 meses renovables hasta 12 meses y será de $ 200 (pesos doscientos) por
mes.
El Alta del trabajador al Programa comenzará a regir a partir del primer día hábil
del mes siguiente a la presentación del proyecto. Los pagos se realizarán a
mes vencido entre el PRIMERO (1º) y el DECIMO (10º) día de cada mes.
Si el trabajador quedara incorporado a la planta de la pyme una vez finalizado
el período de duración del proyecto, el GCBA no tendrá responsabilidad alguna
frente al empleador ni tampoco frente a el/la trabajador/a.
OFICINAS DE INTERMEDIACIÓN LABORAL
La UEP podrá convocar a las oficinas de empleo / intermediación laboral de carácter
público o privado sin fines de lucro, Cámaras Empresariales, Asociaciones
Sindicales y otras Organizaciones Sociales, con el objeto de
instrumentar su participación como Oficinas de Empleo dentro del Programa. Las
entidades mencionadas en el artículo anterior podrán ser habilitadas para esta
función cuando se encuentren en condiciones de brindar información y orientación
sobre las características del Programa; realizar acciones de intermediación
laboral, a través de servicios de búsqueda y selección de postulantes con
condiciones de ser beneficiarios del Programa de Inserción Laboral de PYMES
TUTORAS; y recepcionar las Solicitudes de Adhesión al Programa y toda aquella
documentación vinculada al mismo.
La participación en el Programa de las Oficinas de Empleo estará bajo la
coordinación de la OIL correspondiente y se formalizará a través de un Acta
Compromiso y/o Convenio por el cual la entidad firmante se comprometerá a
cumplir con la normativa del Programa, se establecerán sus responsabilidades y
las tareas que habrá de desarrollar.
La Coordinación de la OIL elevará a la UEP los datos de la Oficina de Empleo
interesada en participar en el Programa y una propuesta de Convenio y/o Acta
Compromiso que se acuerde conveniente. Será función de la UEP examinar la
propuesta y autorizar el acuerdo.
La UEP proveerá a las Oficinas de Empleo habilitadas, de asistencia técnica y
de material de difusión respecto del Programa, así como otras acciones de
apoyo a las mismas, según se establezca en el Convenio y/o Acta Compromiso.
CIRCUITO DEL PROGRAMA
El empleador interesado en adherir al Programa deberá presentar en la UEP, OIL
u Oficina de Empleo habilitada, una Solicitud de Adhesión conforme a la
desagregada en el Anexo I.
Para participar del programa se deberá presentar:
La Solicitud de Adhesión del empleador a la que se deberá adjuntar:
a) Fotocopia de la constancia de CUIT del empleador expedida por la DGI
b) Certificado de habilitación del apoderado o responsable legal.
El empleador deberá completar la Solicitud de Adhesión con los datos
correspondientes a la empresa y los perfiles de trabajadores que desea
incorporar a su planta. Esta presentación tendrá carácter de declaración
jurada. Contra entrega de la solicitud de adhesión del empleador, la UEP enviará
técnicos quienes evaluarán la solicitud e informarán acerca de la situación
de la empresa, asignando un puntaje a dicha evaluación:
La presentación deberá realizarse por lo menos un mes antes de la fecha
estimada para el inicio del proyecto.
La Solicitud de Adhesión (desagregado Anexo I), la Solicitud de Modificación o
Baja del Trabajador, la documentación complementaria y cualquier otra referida
al Programa que reciban las Oficinas de Empleo habilitadas deberá ser enviada a
la UEP.
SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN DEL PROGRAMA
El seguimiento del Programa será realizado por la UEP a través de acciones
ordinarias de supervisión directa y mediante procedimientos informáticos. La
UEP, por sí o por intermedio de terceros, se encuentra facultada para
realizar todo tipo de actividades de seguimiento directo y supervisión de las
PyMES adheridas al Programa en relación al compromiso asumido por las mismas.
Las acciones de seguimiento directo se efectivizarán a través de visitas de
supervisión a dichas PyMEs. Estas visitas tendrán como objetivo el elevamiento
de datos en relación con la empresa y los trabajadores dados de
alta al Programa, la supervisión de la correcta habilitación de la PyME, el
control y evaluación de las actividades que desarrollan los beneficiarios, así
como la detección de cualquier tipo de irregularidad.
Las PyMEs que adhieran al presente Programa deberán adoptar todas las medidas
necesarias para facilitar el desarrollo de estas actividades.
ANEXO II
Manual Operativo Programa de Apoyo al Autoempleo El presente manual tiene como
fin reglamentar el Programa de Empleo Transitorio de Apoyo al Autoempleo. El
mismo tiene por objetivo brindar empleo temporario a quienes cuenten con
iniciativa y calificación adecuada para la ejecución de proyectos tendientes a
crear y/o apoyar la generación de empleo productivo a los desocupados
residentes en la Ciudad de Buenos
Aires, preferentemente provenientes de hogares sin ingresos, sostén o jefes de
familia con hijos menores y/o discapacitados a cargo, o quienes por sus características
socioculturales y/o escasa capacitación laboral, tengan dificultades para
integrarse al mercado laboral.
El presente manual se acompaña de los siguientes Anexos complementarios:
Solicitud de Presentación de Proyectos
La UNIDAD EJECUTORA DE PROGRAMAS (U. E. P.), dependiente de la DIRECCION GENERAL
DE EMPLEO Y CAPACITACION (D.G.E.y C.), asumirá la coordinación general del
Programa y será la responsable de promover, autorizar, instrumentar,
desarrollar, monitorear y evaluar el mismo. Será también su atribución
brindar capacitación y asistencia técnica a los Organismos Ejecutores (ONGs)
que así lo requieran con el fin de garantizar en tiempo y forma el circuito de
recepción y control de la documentación, evaluación y verificación de
requisitos de acreditación.
La U.E.P. será la unidad organizativa responsable de la operación del programa
a nivel local, asumiendo el control de la gestión, así como tareas de promoción,
difusión y asistencia técnica.
PROYECTOS
El eje central de ejecución de los proyectos radica en la puesta en marcha
fortalecimiento y/o reconversión de actividades por cuenta propia a través del
fomento directo al autoempleo, del que pueden resultar actividades de producción
de bienes y servicios. Dichos proyectos se ejecutarán a través de
emprendimientos, cooperativas y/o empresas familiares que no tercericen la
producción de bienes y servicios. En todos los casos deberán disponer de algún
tipo de capital de trabajo propio (Instalaciones, instrumental y/o maquinaria)
LOS ORGANISMOS RESPONSABLES
Las Ongs que se propongan como Organismos Responsables deberán cumplimentar las
siguientes funciones:
1. Coordinar y ejecutar las acciones del proyecto
2. Garantizar la dirección y asistencia técnica necesarias para el adecuado
desarrollo de las actividades e impacto productivo y laboral esperado.
3. Monitorear junto a la DGEyCAP la ejecución de los proyectos.
BENEFICIARIOS
Podrán participar los desocupados mayores de 18 años, residentes en la Ciudad
de Buenos Aires, que no perciban beneficio alguno, seguro de desempleo, ni
remuneración de programas nacionales, provinciales o
municipales. El/la trabajador/a dado de Alta en el Programa, no podrá ser al
mismo tiempo beneficiario/a activo/a del Seguro por Desempleo o de otro Programa
de Empleo o Capacitación del que reciba ayuda económica por ese concepto.
AYUDA ECONÓMICA
La ayuda económica no remunerativa a percibir por el/la trabajador/a se brindará
por un período de hasta 6 meses y será de $ 200 (pesos doscientos). El Alta
del trabajador al Programa comenzará a regir a partir del primer día hábil
del mes siguiente a la presentación del proyecto. Los pagos se realizarán a
mes vencido entre el PRIMERO (1º) y el DÉCIMO (10º) día de cada mes.
La UEP deberá convocar a Instituciones del Tercer Sector, ONGs, Cámaras
Empresariales, Asociaciones Sindicales, Grupos Comunitarios y otras
Organizaciones Sociales, con el objeto de instrumentar su participación como
Organismos Responsables del presente Programa.
PRESENTACIÓN DE PROYECTOS
Todos los proyectos deberán:
1. Incorporar entre sus beneficiarias/os, como mínimo, a un CINCUENTA POR
CIENTO (50%) de beneficiarios de las Bases de Datos de las Oficinas de
Intermediación Laboral. El resto de los beneficiarios, podrán ser
incorporados por las ONGs; debiendo éstas últimas incorporarlos en las
mencionadas bases de datos.
2. Comprender actividades que contribuyan a mejorar la calidad de vida de la
población, en particular, la de sectores de menores recursos;
3. Ser presentados ante la UEP, en todos los casos, por duplicado y conforme,
según corresponda, al formulario de Solicitud de Presentación de Proyectos,
desagregado del ANEXO II;
4. Adecuar el cronograma de las acciones teniendo en cuenta que el período de
ejecución de los proyectos no podrá ser inferior a TRES (3) meses ni superior
a SEIS (6) meses
5. Establecer, en todos los casos, como fecha de inicio de los proyectos el
primer día hábil del mes, considerando además que la ejecución de los mismos
no podrá extenderse más allá del 31 de diciembre de 2001, sin excepción;
6. Ser identificados con una denominación (Nombre del Proyecto) vinculada con
las actividades de los mismos;
7. La cantidad de beneficiarios por proyectos no podrá ser superior a diez
personas
No podrán aprobarse proyectos por cuyas actividades el Organismo Responsable
cobre una tasa o canon para su prestación.
CIRCUITO DEL PROGRAMA
Los Organismos Responsables deberán presentar los proyectos hasta UN (1) mes
antes de la fecha prevista para el inicio del proyecto. La UEP efectuará el
control formal de todos los proyectos verificando que los mismos:
a) ofrezcan información clara y completa;
b) contengan la documentación requerida;
c) se ajusten, en el tiempo de ejecución, a los plazos previstos
La UEP será la responsable de la evaluación técnica de los proyectos de
acuerdo al análisis de viabilidades debiendo emitir en todos los casos un
dictamen técnico que permita estimar o desestimar el proyecto. Para que un
proyecto logre un dictamen de viabilidad favorable, debe aprobar la evaluación
de todas las dimensiones que se describen a continuación:
a) Viabilidad Técnica: se evaluará la posibilidad de alcanzar el objetivo del
proyecto respecto de la pertinencia y calidad técnica de las actividades a
implementar y de la capacitación a desarrollar.
b) Viabilidad Económica y Financiera: se evaluará la razonabilidad del costo
total del proyecto incluyendo la cantidad de beneficiarios/as a ser
financiados/as , así como también se evaluará la posibilidad de asumir el
compromiso de aporte de la contraparte, en caso que existiera, teniendo en
cuenta la capacidad financiera del Organismo Responsable.
d)Viabilidad Institucional: se evaluará la capacidad del Organismo Responsable
para la implementación del proyecto y se verificarán sus antecedentes
institucionales
e)Viabilidad Social: se evaluará la correspondencia entre la población
objetivo del Programa y la población beneficiaria directa e indirecta del
proyecto.
SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN DEL PROGRAMA
El seguimiento del Programa será realizado por la UEP a través de acciones
ordinarias de supervisión directa y mediante procedimientos informáticos. La
UEP, por sí o por intermedio de terceros, se encuentra facultada para
realizar todo tipo de actividades de seguimiento directo y supervisión de los
proyectos del Programa.
Las acciones de seguimiento directo se efectivizarán a través de visitas de
supervisión a dichos proyectos. Estas visitas tendrán como objetivo el
relevamiento de la situación de autosustentabilidad y de los trabajadores
dados de alta al Programa, así como la detección de cualquier tipo de
irregularidad.
Los Organismos Responsables que adhieran al presente Programa deberán adoptar
todas las medidas necesarias para facilitar el desarrollo de estas actividades.